DEFINICIÓN
Los comités funcionales son órganos permanentes del Colegio, que tienen como finalidad actualizar y desarrollar los conocimientos de los miembros de la orden. Asimismo, tienen amplia libertad en lo que respecta a sus objetivos académicos y de investigación. Actúan respetando los dispositivos legales, las normas y los procedimientos que rigen las actividades del Colegio. (Artículo 73 y 75 del Estatuto Institucional).
Los Comités Funcionales se rigen por el Estatuto del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa, el Reglamento Interno, el Reglamento General de Comités Funcionales y sus propios Reglamentos aprobados y publicados por el Consejo Directivo (Artículo 74 del Estatuto Institucional).
REQUISITOS
- Ser Contador Público Colegiado.
- Estar hábil para el ejercicio de la profesión.
- Haber seguido cursos sobre la especialidad o estar laborando en ella probadamente.
- Inscribirse en el padrón de miembros.
- Presentar curriculum, adjuntando una fotografía reciente de frente tamaño carné.
- Cumplir con lo dispuesto en el presente reglamento general y de su comité.
- No haber sido sancionado por el Colegio de Contadores Públicos de Arequipa.
- No haber iniciado acciones judiciales pendientes de sentencia contra el Colegio de Contadores Públicos de Arequipa.
- No pertenecer a más de dos Comités Funcionales.